Misión
Consolidar el desarrollo del municipio a trav茅s de procesos m谩s oportunos y eficientes en las etapas de Planeaci贸n, Programaci贸n, Seguimiento y Evaluaci贸n de los Programas y acciones gubernamentales, as铆 como promover la gesti贸n de recursos econ贸micos que atiendan las necesidades prioritarias en materia de infraestructura del Municipio de Ju谩rez.
Visión
Ser la dependencia que defina el rumbo estrat茅gico del municipio, generando y aplicando practicas innovadoras en los procesos de Planeaci贸n, Programaci贸n, Seguimiento y Evaluaci贸n de manera integral y articulada con criterios de calidad y eficiencia, orientados hacia el logro de los compromisos establecidos en el Plan Municipal de Desarrollo.
Atribuciones
Reglamento Org谩nico de la Administraci贸n P煤blica del Municipio de Ju谩rez, Estado de Chihuahua
DIRECCI脫N GENERAL DE PLANEACI脫N Y EVALUACI脫N
Art铆culo 76.- Son atribuciones de la Direcci贸n General de Planeaci贸n y Evaluaci贸n:
I. Coordinar la formulaci贸n del Plan Municipal de Desarrollo y la elaboraci贸n de los programas que de 茅l se deriven, con la participaci贸n de las Dependencias y entidades estatales y federales, as铆 como de organismos sociales y privados;
II. Establecer la coordinaci贸n de los programas de desarrollo de la Administraci贸n con los de los gobiernos estatal y federal;
III. Analizar e integrar las propuestas de inversi贸n que formulen las Dependencias;
IV. Coadyuvar con las Dependencias en la elaboraci贸n de sus programas operativos anuales;
V. Evaluar la relaci贸n que guarden los programas y presupuestos de las diversas Dependencias, as铆 como los resultados de su ejecuci贸n, con los objetivos y metas del Plan Municipal de Desarrollo y sus programas operativos anuales;
VI. Apoyar las actividades que en materia de investigaci贸n y asesor铆a para la planeaci贸n realicen las Dependencias;
VII. Gestionar ante la Federaci贸n y el Estado la autorizaci贸n de inversiones que contribuyan a consolidar el desarrollo econ贸mico y social del Municipio;
VIII. Cumplir con la normatividad en materia de planeaci贸n y programaci贸n del desarrollo social en la aplicaci贸n de los programas municipales directos y concertados;
IX. Participar en los programas de inversi贸n que as铆 determine la Tesorer铆a Municipal, la que autorizar谩 en su caso la afectaci贸n presupuestal correspondiente;
X. Brindar apoyo y asesor铆a en los planes y proyectos emprendidos por las Dependencias;
XI. Evaluar el desempe帽o y resultados de las Dependencias, as铆 como los proyectos y programas especiales, a trav茅s de un sistema de indicadores;
XII. Analizar, dise帽ar, facilitar, canalizar, dar asesor铆a y seguimiento a proyectos espec铆ficos encomendados por el Presidente;
XIII. Promover en coordinaci贸n con las Dependencias competentes, la b煤squeda y/o establecimiento de programas de fondeo de recursos para el Municipio, con fundaciones y organismos nacionales e internacionales;
XIV. Promover la participaci贸n ciudadana en los procesos de implementaci贸n de proyectos y su evaluaci贸n;
XV. Supervisar y evaluar los proyectos estrat茅gicos del Municipio;
XVI. Proponer los lineamientos espec铆ficos para la integraci贸n de expedientes t茅cnicos que elaboren las Dependencias para el desarrollo de programas y proyectos, y
XVII. Proponer la aplicaci贸n de programas, sistemas, acciones y medidas para dise帽ar, implementar, evaluar y mejorar la calidad de las funciones y servicios a cargo de la Administraci贸n, ci帽茅ndolos a los principios de la gesti贸n para resultados, presupuesto basado en resultados y sistema de evaluaci贸n al desempe帽o de los programas presupuestarios.
XVIII. Implementar los procesos de evaluaci贸n de acuerdo a la normatividad aplicable de fondos y programas federales ejecutados por el Municipio, para evaluar y mejorar el desempe帽o y resultados en el ejercicio de los mismos, y
XIX. Las dem谩s que le encomiende el Presidente y las que le confieran las leyes, reglamentos y manuales de organizaci贸n y procedimientos.
[Art铆culo reformado en sus fracciones XVII, XVIII y XIX mediante Acuerdo No. 019/2018 publicado en el P.O.E. No. 18 de fecha 3 de marzo de 2018]
Art铆culo 77.- Para el cumplimiento de sus atribuciones, la Direcci贸n General de Planeaci贸n y Evaluaci贸n contar谩 con las siguientes direcciones de 谩rea:
I. Direcci贸n de Planeaci贸n y Evaluaci贸n, y
II. Direcci贸n de Control de Inversiones.
Art铆culo 78.- Son atribuciones de la Direcci贸n de Planeaci贸n y Evaluaci贸n:
I. Desarrollar y ejecutar actividades en materia de planeaci贸n para coadyuvar a la formulaci贸n, seguimiento y evaluaci贸n de planes y programas de desarrollo municipal;
II. Organizar y dirigir la elaboraci贸n del Plan Municipal de Desarrollo y formulaci贸n de los programas que de 茅l se deriven, conjuntamente con las Dependencias;
III. Establecer la coordinaci贸n del Plan Municipal de Desarrollo con los planes y programas del gobierno federal y estatal;
IV. Administrar una base de indicadores para el seguimiento y evaluaci贸n de resultados de los objetivos y metas del Plan Municipal del Desarrollo y de los programas que de 茅l se deriven;
V. Organizar y operar un sistema permanente de evaluaci贸n de indicadores para el an谩lisis de resultados de la gesti贸n p煤blica municipal;
VI. Respaldar la realizaci贸n de informes y reportes de la acci贸n gubernamental municipal;
VII. Recopilar, preparar, analizar y aplicar la informaci贸n estad铆stica que apoye la planeaci贸n, programaci贸n de acciones municipales y la elaboraci贸n de proyectos de inversi贸n municipal;
VIII. Apoyar las actividades que en materia de investigaci贸n y asesor铆a para la planeaci贸n realicen las Dependencias;
IX. Apoyar mecanismos de coordinaci贸n y concertaci贸n que propicien la participaci贸n de los 贸rdenes de gobierno federal, estatal y municipal, as铆 como de los sectores social y privado en la realizaci贸n de pol铆ticas p煤blicas municipales;
X. Coordinar, planear y dirigir el funcionamiento de las unidades administrativas adscritas a la Direcci贸n;
XI. Elaborar el informe anual sobre el trabajo del Comit茅 de Planeaci贸n para el Desarrollo Municipal para la elaboraci贸n del proyecto de presupuesto del a帽o siguiente;
XII. Promover entre las Dependencias los programas federales y estatales que les permitan fondear obras, acciones y proyectos en el Municipio;
XIII. Establecer contactos con organismos y agencias internacionales, fundaciones y dem谩s organizaciones del sector p煤blico y privado para el fondeo de acciones en materia de desarrollo social e infraestructura, y
XIV. Integrar la Unidad T茅cnica Evaluadora para generar el Programa Anual de Evaluaci贸n del Municipio, de acuerdo a los calendarios oficiales y la normatividad establecida para ello.
XV. Coordinar, supervisar y dar seguimiento a las evaluaciones, as铆 como revisar su calidad y cumplimiento normativo.
XVI. Generar los T茅rminos de Referencia aplicables para la elaboraci贸n de las evaluaciones, observando la normatividad aplicable.
XVII. Elaborar lineamientos para la estructuraci贸n y entrega de las evaluaciones solicitadas.
XVIII. Establecer los mecanismos para el seguimiento y cumplimiento de los Aspectos Susceptibles de Mejora (ASM) que resulten de las evaluaciones realizadas.
XIX. Generar las solicitudes correspondientes para la recopilaci贸n de fuentes de informaci贸n necesarias para la realizaci贸n de las evaluaciones, as铆 como para postular a diversos fondos internacionales, federales y estatales.
XX. Notificar cuando sea necesario a los entes p煤blicos pertinentes sobre cualquier modificaci贸n al Programa Anual de Evaluaci贸n.
XXI. Integrar la Coordinaci贸n de Gesti贸n de Proyectos, estableciendo los mecanismos pertinentes para la asesor铆a, integraci贸n, validaci贸n, ejecuci贸n y seguimiento de proyectos generados a trav茅s de diversos fondos y programas de car谩cter internacional, federal y estatal, as铆 como de generar los lineamientos para la elaboraci贸n y seguimiento del Presupuesto basado en Resultados y Gesti贸n para Resultados, y
XXII. Las dem谩s que le encomiende la Direcci贸n General y las que le confieran las leyes, reglamentos y manuales de organizaci贸n y procedimientos.
[Art铆culo reformado en sus fracciones XIV a la XXII mediante Acuerdo No. 019/2018 publicado en el P.O.E. No. 18 de fecha 3 de marzo de 2018]
Art铆culo 79.- Son atribuciones de la Direcci贸n de Control de Inversiones:
I. Identificar programas y fondos estatales y federales que permitan la ejecuci贸n de proyectos y acciones de las Dependencias;
II. Efectuar el an谩lisis y la integraci贸n de propuestas de inversi贸n que realicen las Dependencias;
III. Integrar, analizar y presentar al Director General los programas de inversi贸n municipal que deban quedar comprendidos en el marco de los convenios y acuerdos federales y estatales;
IV. Apoyar y dirigir la realizaci贸n de procesos de programaci贸n de presupuesto de la inversi贸n p煤blica municipal, as铆 como de la convenida con la Federaci贸n, Estado y sectores social y privado;
V. Establecer la coordinaci贸n y mecanismos a que deber谩n sujetarse las Dependencias para la instrumentaci贸n de sus procesos de programaci贸n, presupuesto, autorizaci贸n y aplicaci贸n de recursos de inversi贸n p煤blica;
VI. Organizar y aplicar un esquema de registro, control y seguimiento de la ejecuci贸n de las acciones y proyectos de inversi贸n p煤blica municipal;
VII. Organizar y operar un sistema permanente de registro, seguimiento, control y evaluaci贸n de los programas de inversi贸n p煤blica directa y concertada.
VIII. Verificar el cumplimiento de las disposiciones jur铆dicas del 谩mbito federal, estatal y municipal para la aplicaci贸n de los programas de inversi贸n municipal directa y concertada;
IX. Apoyar esquemas de concertaci贸n de recursos de inversi贸n p煤blica con los 贸rdenes de gobierno federal, estatal y municipal, y con los sectores social y privado, para el fortalecimiento del desarrollo integral del Municipio;
X. Coordinar, planear y dirigir el funcionamiento de las unidades administrativas adscritas a la Direcci贸n;
XI. Recopilar, preparar, analizar y aplicar la informaci贸n financiera que apoye la planeaci贸n, programaci贸n de acciones municipales y la elaboraci贸n de proyectos de inversi贸n municipal;
XII. Dirigir y vigilar el cumplimiento de las leyes, normas y reglamentos con relaci贸n a las funciones de programaci贸n, presupuesto, asignaci贸n y ejecuci贸n de los recursos de inversi贸n p煤blica; y
XIII. Organizar y aplicar un esquema de registro, control y seguimiento de la ejecuci贸n de las acciones y proyectos de inversi贸n p煤blica municipal;
XIV. Las dem谩s que le encomiende la Direcci贸n General y las que le confieran las leyes, reglamentos y manuales de organizaci贸n y procedimientos.