La Figura del Síndico Municipal tiene su sustento principalmente en los artículos:
ARTÍCULO 115. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Los estados adoptar谩n, para su r茅gimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democr谩tico, laico y popular, teniendo como base de su divisi贸n territorial y de su organizaci贸n pol铆tica y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases siguientes:
- Cada Municipio ser谩 gobernado por un Ayuntamiento de elecci贸n popular directa, integrado por un Presidente o Presidenta Municipal y el n煤mero de regidur铆as y sindicaturas que la ley determine, de conformidad con el principio de paridad. La competencia que esta Constituci贸n otorga al gobierno municipal se ejercer谩 por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habr谩 autoridad intermedia alguna entre 茅ste y el gobierno del Estado.
ARTÍCULO 126. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE CHIHUAHUA
El ejercicio del Gobierno Municipal estará a cargo:
- De los Ayuntamientos, los que ser谩n electos popular y directamente seg煤n el principio de votaci贸n mayoritaria relativa, residir谩n en las cabeceras de las municipalidades que gobiernen, durar谩n en su encargo tres a帽os y estar谩n integrados por un presidente, un s铆ndico y el n煤mero de regidores que determine la ley, con sus respectivos suplentes.
ARTÍCULO 17. CÓDIGO MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE CHIHUAHUA
Cada Municipio ser谩 gobernado por un Ayuntamiento de elecci贸n popular directa, en los t茅rminos de la Constituci贸n Pol铆tica de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado, la Ley Electoral y el presente C贸digo. En su integraci贸n se introducir谩 el principio de representaci贸n proporcional en los t茅rminos de las disposiciones citadas.
La competencia que la Constituci贸n Federal, la Estatal y el presente C贸digo, le otorgan al Gobierno Municipal, se ejercer谩 por el Ayuntamiento en forma exclusiva y no habr谩 autoridad intermedia alguna entre 茅ste y el Gobierno del Estado. Los Ayuntamientos residir谩n en las cabeceras municipales y se integrar谩n:
- Los Municipios de Chihuahua y Ju谩rez con la persona titular de la Presidencia Municipal, Sindicatura y once titulares de las Regidur铆as electas por el principio de mayor铆a relativa
ARTÍCULO 7. REGLAMENTO INTERIOR DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPAL DE JUÁREZ, CHIHUAHUA
El Ayuntamiento se integra por una o un Presidente, un S铆ndico o S铆ndica, once Regidores electos por el principio de mayor铆a relativa y hasta nueve Regidores electos por el principio de representaci贸n proporcional, de acuerdo con las bases y procedimientos que para tal efecto establece la Ley Electoral del Estado de Chihuahua.
Todos los integrantes del Cabildo tienen derecho a voz y voto y gozan de las mismas prerrogativas, excepto el S铆ndico o S铆ndica quien no tendr谩 derecho a voto.