Última actualización:
2018-03-07 12:45:52
Informes Generados
Presidente Municipal (2013-2016)
- Código Municipal para el Estado de Chihuahua:
- ARTÍCULO 19.- Es obligación del Ayuntamiento celebrar una sesión solemne en el período que
- comprende del día dos al nueve de octubre de cada año, en el cual el Presidente Municipal
- deberá rendir informe detallado de su gestión administrativa.
Informes 2013-2016
Primer Informe
Tercer Informe
Informes 2010-2013
Tercer Informe
Segundo Informe
Primer Informe
Informe 2009
Informe
Sindicatura Municipal (2013-2016)
- Código Municipal para el Estado de Chihuahua:
- ARTÍCULO 36 A.- Cada cuatro meses deberá presentar al Ayuntamiento un informe de las revisiones efectuadas.
Primer Informe
Parte I
Parte II
Segundo Informe
Parte
Ejecutivo
H. Cuerpo de Regidores (2013-2016)
- Reglamento Interior del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Juárez:
- ARTÍCULO 131.- Informes Administrativos.- Las comisiones deberan rendir al Cabildo, cada cuatro meses, un informe por escrito de sus trabajos.
Informes
Anuales
Tetramestrales
Planeación y Evaluación
- Ley de Coordinación Fiscal, artículo 48, párrafo ultimo:
- Los Estados, el Distrito Federal, los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, publicarán los informes
- a que se refiere el párrafo primero de este artículo en los órganos locales oficiales de difusión y los pondrán a disposición
- del público en general a través de sus respectivas páginas electrónicas de Internet o de otros medios locales de difusión,
- a más tardar a los 5 días hábiles posteriores a la fecha señalada en el párrafo anterior.
- Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículo 85, fracción II, párrafo último:
- Las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, publicarán los informes a que se refiere
- esta fracción en los órganos locales oficiales de difusión y los pondrán a disposición del público en general a través de sus respectivas
- páginas electrónicas de Internet o de otros medios locales de difusión, a más tardar a los 5 días hábiles posteriores a la fecha señalada
- en el párrafo anterior.
RAMO 15
Enero - Diciembre
RAMO 16
RAMO 20
RAMO 23
Enero - Diciembre
RAMO 33
Enero - Diciembre
SUBSEMUN
Enero - Septiembre